Los autónomos que adeuden cotizaciones a la Seguridad Social e incurran en una incapacidad permanente no podrán cobrar la prestación

Los autónomos que adeuden cotizaciones a la Seguridad Social e incurran en una incapacidad permanente no podrán cobrar la prestación correspondiente aunque soliciten el aplazamiento del pago y se les conceda. El TS resuelve en una sentencia que si la solicitud y concesión del aplazamiento de las cuotas es posterior a la fecha del hecho causante (en este caso, la enfermedad), incluso si la Seguridad Social accede al aplazamiento "cualquier de las cuotas satisfechas a su amparo serían ineficaces a efectos prestacionales"

Fecha publicación: 06/03/2025
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